COMUNICADOS
“NORMAS DE INFORMACIÓN SOBRE SOSTENIBILIDAD (NIS)”
Normas de Información sobre Sostenibilidad (NIS):
Lo esencial que debes saber sobre las obligaciones en sostenibilidad.
México avanza en la transparencia y el reporte de sostenibilidad:
Siguiendo las tendencias globales y los nuevos marcos regulatorios, el país ha comenzado a estandarizar cómo las empresas reportan sus acciones en sostenibilidad. A continuación, te presentamos un resumen con los cambios más relevantes que afectarán a las empresas en los próximos años.
Normas de Información de Sostenibilidad (NIS)
El Consejo Mexicano de Normas de Información Financiera (CINIF) ha presentado las primeras Normas de Información de Sostenibilidad (NIS), con el objetivo de unificar la manera en que las empresas informan sobre su desempeño en temas ambientales, sociales y de gobernanza (ESG).
Estas normas marcan un paso importante hacia una mayor transparencia y responsabilidad en la gestión de información no financiera. Hasta ahora, se han publicado las siguientes:
NIS A-1: Marco Conceptual de las Normas de Información de Sostenibilidad.
NIS B-1: Indicadores básicos de sostenibilidad.
Adicionalmente, debido a cambios recientes en la regulación, a partir de 2026 las empresas que cotizan en el mercado de valores deberán presentar un informe anual de sostenibilidad.
Este reporte será independiente de los estados financieros y deberá alinearse con las normas IFRS S1 y S2, emitidas por el International Sustainability Standards Board (ISSB):
- Ejercicio fiscal 2025 (a reportarse en 2026): El informe de sostenibilidad no necesitará aseguramiento externo.
- Ejercicio fiscal 2026: Será obligatorio contar con una revisión externa limitada por parte de un auditor.
- Ejercicio fiscal 2027 en adelante: Se requerirá aseguramiento razonable.
Normas de Información Financiera (NIF)
Las Normas de Información Financiera (NIF), también emitidas por el CINIF, son obligatorias para cumplir con las reglas fiscales y contables en México. Estas normas establecen cómo deben prepararse y presentarse los estados financieros de todas las empresas.
Las NIF se dividen en cinco series principales:
- Serie A – Conceptuales
Principios y fundamentos que guían la elaboración de los estados financieros.
- Serie B – Presentación y revelación
Define cómo deben estructurarse y presentarse los informes financieros.
- Serie C – Valuación
Establece criterios para medir activos, pasivos, ingresos y gastos.
- Serie D – Operación
Regula operaciones específicas dentro de la contabilidad.
- Serie E – Información para grupos económicos
No cumplir con estas normas puede traer consecuencias como auditorías internas o externas, multas por parte del SAT, y la imposibilidad de deducir algunos gastos.
Estos cambios representan una transformación importante en cómo las empresas deben informar sobre su desempeño, no solo financiero, sino también en sostenibilidad. Para cumplir con estas nuevas obligaciones, será necesario que trabajen de manera coordinada los departamentos legales, contables, de sostenibilidad y de cumplimiento.
Comunicado "Ley Silla"
ESTIMADOS CLIENTES Y AMIGOS:
El pasado 17 de julio de este año, mediante el Diario Oficial de la Federación, se publicaron las “Disposiciones sobre los factores de riesgos de trabajo para garantizar el derecho al descanso durante la jornada laboral de las personas trabajadoras en bipedestación en los sectores de servicios, comercio, centros de trabajo análogos y establecimientos industriales” (en adelante “las disposiciones”), como parte de la implementación de la conocida “Ley Silla”. En cuanto a su contenido y alcance, consideramos importantes los siguientes aspectos:
a. ¿Dónde aplica?: En lugares de trabajo como tiendas, oficinas, servicios y otros similares, y también en fábricas o industrias cuando el tipo de trabajo lo permita, siempre que los empleados realicen sus actividades de pie.
b. Responsabilidades del empleador:
- El empleador debe evaluar qué tan riesgoso es el trabajo de cada persona que labora de pie (si el riesgo es bajo, medio o alto), con el fin de saber qué tipo de asiento o silla debe proporcionarles.
- A través de la Comisión de Seguridad e Higiene, se debe analizar a qué riesgos están expuestas las personas que trabajan de pie, para decidir qué medidas de prevención se deben aplicar.
- Se debe informar a los trabajadores que realizan sus labores de pie sobre los riesgos que se han detectado y las medidas de prevención que se han puesto en marcha en el lugar de trabajo.
- Como las disposiciones no indican cuántos descansos ni cuánto deben durar, el empleador debe diseñar un plan que organice y asigne los tiempos de descanso adecuados para las personas que trabajan de pie durante su jornada.
- El empleador debe hacer los ajustes necesarios, tanto en la organización como en el espacio de trabajo, para que las personas que laboran de pie puedan trabajar de forma segura y sin riesgos.
- El empleador debe actualizar sus reglamentos y políticas internas para incluir lo que establece la Ley Silla y cómo se debe aplicar.
Aunque las reglas de la Ley Silla ya están en vigor, todavía falta aclarar con exactitud hasta dónde llega el derecho al descanso que se quiere proteger. Por ahora, corresponde al empleador organizar e implementar las medidas necesarias para que este derecho se cumpla de acuerdo con lo que marcan las leyes laborales. Quedamos a su disposición para cualquier comentario o duda sobre este particular.