¿Qué es un contrato individual de trabajo?
El contrato individual de trabajo en México es el acuerdo mediante el cual una persona se obliga a prestar a otra un trabajo personal subordinado, mediante el pago de un salario.
Así lo define el artículo 20 de la Ley Federal del Trabajo (LFT).
En términos prácticos, es el documento que establece:
- Las condiciones bajo las cuales se prestará el servicio.
- Las obligaciones del patrón.
- Los derechos del trabajador.
- La naturaleza de la relación laboral.
Aunque la relación laboral puede existir sin contrato escrito, no formalizarla genera riesgos importantes para la empresa.
¿Es obligatorio tener contrato por escrito?
Sí.
El artículo 24 de la LFT establece que las condiciones de trabajo deben constar por escrito cuando no exista contrato colectivo aplicable.
Si no existe contrato escrito, se presume que la relación es por tiempo indeterminado (Art. 35 LFT), lo cual puede impactar en:
- Cálculo de indemnizaciones.
- Antigüedad.
- Obligaciones patronales.
- Conflictos laborales.
Tipos de contrato individual de trabajo en México
De acuerdo con la LFT, los principales tipos son:
1. Por tiempo indeterminado
Es la modalidad general. No establece fecha de término y puede incluir periodo de prueba (Art. 39-A LFT).
Es el más común y el que mayor estabilidad jurídica otorga.
2. Por tiempo determinado
Solo procede cuando la naturaleza del trabajo lo justifica (Art. 37 LFT), por ejemplo:
- Sustitución temporal.
- Proyecto específico con duración definida.
Si no se justifica correctamente, puede considerarse por tiempo indeterminado.
3. Por obra determinada
Se utiliza cuando el trabajo está ligado a una obra específica que concluye al finalizar la actividad contratada.
Es común en construcción y proyectos técnicos.
4. Contrato por capacitación inicial
Permite al trabajador adquirir habilidades necesarias para el puesto (Art. 39-B LFT).
Tiene duración máxima de:
- 3 meses en general.
- 6 meses en puestos directivos o técnicos especializados.
Cláusulas obligatorias del contrato
El artículo 25 de la LFT establece que el contrato debe contener, entre otros elementos:
- Nombre, nacionalidad, edad y domicilio del trabajador y del patrón.
- Tipo de relación laboral.
- Descripción del servicio a prestar.
- Lugar de trabajo.
- Duración de la jornada.
- Forma y monto del salario.
- Día y lugar de pago.
- Indicación de capacitación.
- Designación de beneficiarios.
Omitir información puede generar incertidumbre jurídica en caso de litigio.
¿Qué obligaciones genera para la empresa?
Un contrato bien estructurado obliga al patrón a:
- Pagar salario conforme a lo pactado.
- Inscribir al trabajador en el IMSS.
- Otorgar prestaciones legales (aguinaldo, vacaciones, prima vacacional, PTU).
- Respetar jornada y descansos conforme a la LFT.
- Cumplir con obligaciones fiscales y de seguridad social.
Además, el contrato es uno de los primeros documentos solicitados en:
- Inspecciones de la STPS.
- Auditorías laborales.
- Juicios laborales.
- Revisión de REPSE (cuando aplica).
Errores comunes que cometen las empresas
En la práctica, se observan fallas frecuentes:
1. Usar contratos genéricos
Descargados de internet y no adaptados al puesto o industria.
2. No actualizar cláusulas ante reformas laborales
Por ejemplo:
- Subcontratación (reforma 2021).
- Teletrabajo.
- Cambios en vacaciones (2023).
3. Inconsistencias entre contrato y nómina
Salario distinto al registrado.
Jornada diferente a la reportada.
Funciones no alineadas.
4. No definir correctamente la subordinación
La subordinación es el elemento que determina la existencia de una relación laboral. Una redacción ambigua puede generar litigios.
¿Qué riesgos existen si el contrato está mal estructurado?
Un contrato deficiente puede provocar:
- Demandas laborales.
- Pago de indemnizaciones elevadas.
- Reclasificación de tipo de contrato.
- Multas en inspecciones.
- Responsabilidad solidaria en casos de subcontratación indebida.
De acuerdo con la propia LFT, la carga de la prueba en conflictos laborales suele favorecer al trabajador cuando no existe documentación clara.
Buenas prácticas para Recursos Humanos
Para reducir riesgos:
- Revisar contratos anualmente.
- Alinear contrato, nómina y funciones reales.
- Actualizar cláusulas ante reformas.
- Documentar modificaciones.
- Capacitar a líderes sobre obligaciones laborales.
La formalización no es un trámite administrativo. Es una herramienta de protección jurídica.
Conclusión
El contrato individual de trabajo en México es más que un requisito formal: es la base jurídica de la relación laboral.
Elegir el tipo correcto, incluir cláusulas obligatorias y mantenerlo actualizado protege a la empresa frente a contingencias legales, inspecciones y posibles litigios. Además, un contrato bien estructurado permite alinear expectativas, funciones y responsabilidades desde el primer día.
En Recursos Humanos, la prevención siempre es más económica que la corrección.
¿Tu proceso de contratación incluye contratos bien estructurados?
Un buen contrato comienza con una buena definición del perfil, funciones y alcance del puesto. Cuando el reclutamiento no es preciso, el riesgo contractual aumenta.
En Grupo Sistemas Atracción de Talento:
- Definimos correctamente el alcance de la posición desde el inicio.
- Identificamos perfiles alineados a las responsabilidades reales del puesto.
- Presentamos una terna evaluada conforme a habilidades, experiencia y contexto legal.
- Trabajamos con absoluta confidencialidad y enfoque estratégico.
Porque contratar no es solo cubrir una vacante: es construir relaciones laborales sólidas desde su origen.
Si deseas fortalecer tu proceso de selección y asegurarte de que cada contratación esté bien estructurada desde el principio, agenda una cita con nuestros especialistas.