Secretaría de Finanzas presume adeudos con el impuesto sobre nómina en CDMX

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La Secretaría de Finanzas de la Ciudad de México, ha enviado un aviso a los contribuyentes, debido a las diferencias entre el número de empleados declarado ante la Secretaría y ante el IMSS vía el SUA.
El impuesto sobre la nómina establecido por los gobiernos estatales, es una de las principales fuentes de ingreso para las finanzas públicas. Las empresas, dependiendo de su ubicación, deben aplicar el ISN que les corresponde, considerar los conceptos base del impuesto, las tasas impositivas y realizar el pago correspondiente, utilizando los mecanismos que ponga a disposición de los contribuyentes la misma autoridad.
En este artículo, abordaremos las consideraciones que debemos tener en relación con el impuesto sobre nómina en CDMX, donde un gran número de clientes de Grupo Sistemas están ubicados.

Consideraciones del ISN

El 21 de diciembre de 2020, fue publicado en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, el Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan disposiciones del Código Fiscal de la CDMX que entraron en vigor el 1° de enero de 2021. Dentro de los cambios, se encuentra la adición al artículo 156 Bis, en la que se menciona, que todas las personas físicas o personas morales, deberán realizar el registro de contratos que se celebren por concepto de subcontratación, en los términos de la normatividad, además del número de trabajadores que presten el servicio.
También, en el mes de enero de 2021, se publicó la resolución de carácter general, mediante la cual, se condona el 100% del pago del impuesto sobre nóminas causado en el mes de enero de 2021, como medida para enfrentar los efectos negativos de la emergencia sanitaria por COVID-19.

Requerimientos para validar la condonación

Dicha facilidad o condonación, solo aplicó para aquellas micro y pequeñas empresas, que se encuentren establecidas en el perímetro A o B del Centro Histórico de la Ciudad de México, y solo de ciertas actividades no esenciales; a estas empresas se suman las del sector restaurantero. Entre los requerimientos para hacer válida la condonación, se encuentran:
Por último, en febrero de 2021, también se publicaron las Reglas de Carácter General para la Operación y el Cumplimiento de las Obligaciones Fiscales en Materia del Impuesto Sobre Nóminas. Estas reglas, tienen por objeto normar los términos, condiciones y requisitos que deberán observar los contribuyentes para el uso del SAC, como una herramienta informática, que permita simplificar y modernizar los trámites relacionados con el cumplimiento de las obligaciones fiscales relacionadas con el impuesto sobre nóminas, mediante el uso de la e.firma.
De lo anterior, se desprende el contenido de la regla Tercera inciso C) que menciona el registro de empleados de cada mes, y por lo que la Secretaría ha hecho llegar a los contribuyentes a través de correo electrónico en fechas recientes, un aviso para el correcto cumplimiento de pago del impuesto sobre nóminas.

Consideraciones para tomar en cuenta

En conjunto con lo anterior, se debe tomar en cuenta que la existencia del convenio firmado entre autoridades e instituciones, para el intercambio o el compartir información para una mejor y mayor fiscalización.
Con este aviso, la Secretaría presume que existen adeudos relacionados con el impuesto sobre nóminas a cargo del contribuyente, aludiendo a una diferencia en el número de empleados reportados, contra el número de empleados registrados y declarados ante el IMSS, a través del pago oportuno de cuotas obrero-patronales (SUA) para los periodos de enero a diciembre de 2020 y de enero a marzo de 2021.
Será de suma importancia atender y analizar, el caso particular de tu empresa, para no caer en un incumplimiento y tener la certeza de informar el número correcto de empleados en las instancias correspondientes, y considerar todos los requisitos para hacer un correcto cálculo de los impuestos relacionados con la nómina de tu empresa.
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